La ministra del Sernam, Carolina Schmidt, explicó que los cambios permitirán que la mujer pueda administrar los bienes comunes y propios.

Un cambio al régimen de sociedad conyugal está preparando el Gobierno para otorgar mayores atribuciones a la mujer en el manejo de los bienes matrimoniales.

Según la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Carolina Schmidt, la sociedad conyugal es un buen sistema porque reconoce el valor del trabajo desempeñado tanto fuera como al interior del hogar. Sin embargo, cree que el hecho de que el marido sea por defecto el administrador imposibilita a la mujer a ejercer plenamente el derecho de sus facultades.

Por ello, a fines de esta semana el ejecutivo enviará un proyecto para permitirle a la mujer ser la administradora de la sociedad conyugal. La modificación no es menor si se tiene en cuenta que de los 35.766 matrimonios celebrados hasta julio de este año, 19.498 han optado por la sociedad conyugal, según datos del Registro Civil.

La iniciativa sólo plantea cambios para la sociedad conyugal, pues, según la ministra, los otros dos regímenes -separación de bienes y participación en los gananciales- no evidencian una discriminación en la posibilidad de que la mujer ejerza plenamente sus facultades.

Las modificaciones

El nuevo proyecto de ley estipulará que el administrador de los bienes de los cónyuges será establecido en el momento en que la pareja contraiga matrimonio y podrá ser modificado mientras dure el acuerdo marital. Así, el mandante de los bienes podrá ser tanto el hombre como la mujer. Además, la nueva ley se aplicará a todas las parejas que se casaron bajo sociedad conyugal previo a la aprobación de este proyecto.

Junto con lo anterior se plantean dos modificaciones relacionadas con los bienes propios. Así, lo que tenían ambos cuando eran solteros y las herencias que reciban durante el matrimonio los administrará cada uno.

En cuanto al actual sistema, el administrador va a seguir con las limitaciones que en este momento tiene el marido -por ejemplo, no puede vender una propiedad o hipotecarla si no cuenta con la autorización de su esposa-. Además, se mantiene y amplía el patrimonio reservado para ambos cónyuges. Así, todo el fruto de su trabajo lo administra cada uno.

La vigente sociedad conyugal determina que el marido es el administrador de los bienes de la pareja. De esta manera, ella pierde la administración del dinero en depósitos, acciones y vehículos motorizados. Lo mismo ocurre con las herencias recibidas durante el matrimonio.

Una situación similar ocurre con los bienes raíces que tenía la mujer antes de casarse. Si bien éstos siguen perteneciéndole a ella, el marido es el que se encarga de su administración. Así, él decide a quién lo arrienda, aunque debe respetar algunas limitaciones.

Distinto es lo que sucede si la mujer ejerce un trabajo remunerado. Si es así, todo lo que ella adquiera fruto de su trabajo va a su patrimonio reservado, el que administra libremente.

Para la ministra, el objetivo de estas reformas es eliminar estas normas que impiden el pleno ejercicio de los derechos patrimoniales de las mujeres en el país. "No puede ser que nosotros todavía tengamos en nuestra ley una norma que impida a la mujer ejecutar una función para la cual está plenamente capacitada, como es administrar la sociedad conyugal. Entonces, se elimina esta imposibilidad", explicó Schmidt.

EL PROYECTO también se aplicará a todas las parejas casadas antes de las nuevas modificaciones.

Legislación laboral

El régimen de sociedad conyugal no es lo único que representa una brecha entre mujeres y hombres. Según comentó la ministra Schmidt, se debe mejorar la legislación laboral. El artículo 203 del Código del Trabajo establece que los empleadores que contratan 20 o más mujeres deben pagar los jardines infantiles y salas cuna de sus hijos menores de dos años. "Esto hace que se encarezca terriblemente la contratación de trabajadoras", dice.

Fuente: Emol.com
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Tras la detención en 2003 de Mikel Inunciaga, un narcotraficante vasco, la vida de Heriberto Reyes, en ese tiempo fiscal antidrogas en Arica, nunca volvió a ser la misma. La amenaza de muerte que envió Inunciaga a través de un emisario, lo alejó de lugares públicos, lo obligó a cambiarse de casa en varias oportunidades y lo llevó a vivir para siempre en “constante alerta”.

Heriberto Reyes, siempre fue justiciero, desde pequeño y aunque no era peleador, se las ingeniaba para defender lo que le parecía injusto. Sin duda esta característica y luego de haberse titulado como Profesor de Historia y Geografía de la Universidad Austral, lo llevó en 1991 a estudiar Derecho en la Universidad Andrés Bello.

Ya en 1996, cuando cursaba último año de la carrera, Reyes decidió que lo suyo era el derecho comercial y por lo mismo junto a su compañero y amigo Marco Vega realizaron su tesis de grado sobre dumping y competencia desleal. “Queríamos hacer una buena tesis y entramos a estudiar durante un año comercio exterior, ya que era la única forma de entender los conceptos”.

Pero los azares de la vida lo llevaron por otro lado, y hoy este abogado de 44 años reconoce haberse fascinado con el Derecho Penal gracias a su primer trabajo en el Instituto Médico Legal. “Tenía una compañera que siempre quiso trabajar ahí y entonces decidió enviar su currículo y de paso el mío, y aunque yo no tenía muchas expectativas me llamaron para trabajar”.

En el Médico Legal, y tal como él señala aprendió mucho, se interiorizó del trabajo de los médicos, conoció su lenguaje y cómo hacían los peritajes. “Fue un período que me marcó mucho profesionalmente, un período súper potente como el caso de los detenidos desaparecidos en el que me tocó ver cómo armaban los cuerpos”.

Buenas Noticias

En el año 2000 este abogado, formado en la Andrés Bello, recibió la noticia de la Reforma Procesal Penal con particular entusiasmo, ya que en muchas ocasiones como estudiante universitario y cuestionó duramente nuestro sistema penal. “Era un sistema primitivo, obsoleto, que ningún país desarrollado podía tener y yo jamás imaginé me tocaría ser parte de este cambio… era una revolución, jurídica y cultural que obligaba a la transparencia”.

En ese contexto y luego de desempeñarse como abogado asistente del Ministerio Público, Heriberto Reyes quiso ser fiscal y al poco tiempo asumió como Fiscal Antidrogas en la Región de Arica. “Se trata de una zona muy extrema, en todo sentido, los delitos son muy viscerales, la verdad es que jamás imaginé que iba a ser así, yo no sospechaba cómo me estaba preparando”.

Reyes tampoco sospechaba que en el año 2003 su “cabeza” tendría precio, debido a la captura de Mikel Inunciaga, un reconocido narcotraficante vasco que dirigía un plan para enviar a Europa más 70 kilos de cocaína. “Lo atrapamos en un hotel de Santiago con 350 mil dólares; con cierta frialdad me mostró el maletín y trató de sobornarme”.

Tras este intento fallido, Inunciaga no se dio por vencido y fue través de su socio, también detenido, que le envió un especial mensaje a Reyes. “El socio de Inunciaga pidió declarar en el juicio y apenas comenzaba a tomarle la declaración me dijo: Mikel dice que si a él lo condenan, usted se muere. Ya contrató a un pistolero en Santiago para que lo venga a matar”.

Fue una frase que caló hondo en la vida del fiscal Reyes, ya que desde ese momento reconoce vivir en constante alerta. “He metido preso a más de 100 narcotraficantes, cuantos no me tendrán odio. Ahora el que condena tiene nombre y apellido, en este caso se llama Heriberto Reyes”.

Fuente:Unab.cl
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Quieren que suplencias las hagan sólo jueces o magistrados de corte. Además, los fiscales judiciales pasarán a ser ministros.

Tras un intenso debate, el pleno de la Corte Suprema se mostró por primera vez partidario de eliminar la figura de los abogados integrantes, quienes cumplen la función de reemplazar a los ministros del máximo tribunal y de las Cortes de Apelaciones cuando éstos no pueden asistir a las salas para revisar causas.

La idea es tener ministros suplentes, tal como los hay en el Tribunal Constitucional (TC), y eliminar el cargo de fiscales judiciales para que se conviertan en magistrados de los tribunales de alzada. La fiscal judicial de la Suprema, Mónica Maldonado -hoy a cargo de los 34 fiscales del país-, se integrará como ministra del máximo tribunal.

Estas fueron algunas de las conclusiones de las jornadas de reflexión de la Corte Suprema, iniciadas el 22 de octubre y que culminaron ayer.

El presidente del máximo tribunal, Milton Juica; el vocero Nibaldo Segura, la ministra Margarita Herreros y el ministro Sergio Muñoz destacaron el aporte realizado por los fiscales judiciales y los abogados integrantes. Pero estimaron necesario "abolir ambas instituciones, pasando los primeros, de pleno derecho, a desempeñarse como ministros de Corte, lo cual producirá un mejoramiento en la gestión de estos tribunales", según dijeron.

Respaldaron en gran parte el proyecto enviado por el Ejecutivo. Sin embargo, difieren de la idea de que los ministros suplentes sean externos al Poder Judicial, y proponen que sean nombrados por la Corte Suprema entre jueces sobresalientes. En reemplazos de Supremos, por períodos de más de 15 días, se plantea designar a ministros de cualquier zona del país, y si es menos, a ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago.

''Estamos de acuerdo con eliminar a los abogados integrantes (...) pero no con personas ajenas al Poder Judicial que van a tener también incompatibilidad".

MILTON JUICA, Presidente de la Corte Suprema y profesor Derecho procesal Unab.

Datos claves
  • 95 son los abogados integrantes de las Cortes del país. En la Suprema son doce.
  • 12 años de ejercicio se les pide. Duran 3 años y ganan entre $220 mil y $153 mil por día.
Trayectoria de una función con problemas

El gran problema que han tenido algunos de los abogados integrantes es no inhabilitarse en la vista de causas, pese a tener un vínculo con alguna de las partes, lo que ha provocado que éstas hayan tenido que ser anuladas por la Corte Suprema. Por esta razón, en los últimos años se ha intentado poner fin a esta figura a través de distintos proyectos de ley argumentando la idea de dar más garantías a las partes y de imparcialidad, ya que algunos de ellos se han desempeñado en cargos políticos y ejercen la profesión.

En el 2005 la Suprema se opuso a un proyecto de ley del Ejecutivo que terminaba con los abogados integrantes por su colaboración en la administración de justicia. En 2007 ingresó otra iniciativa que fue archivada, de los senadores de la UDI Evelyn Matthei y Víctor Pérez, en la que proponían que no ejercieran este cargo ex funcionarios de confianza del Presidente.

FUENTE: elmercurio.com
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El grupo de académicos que integra la Iniciativa Nuevas perspectivas en Derecho Público, convoca a profesores, abogados y estudiantes a un seminario abierto y gratuito sobre temas de Derecho Público y Constitucional el día 8 de Noviembre a las 15:00 Hrs. En el auditorio de la Facultad de Derecho de la UNAB-BELLAVISTA 0121, SUBTERRÁNEO ( Sede Santiago).

La asistencia es gratuita y liberada, previa inscripción con Catalina Ocaranza al mail: ca.ocaranza@uandresbello.edu
Se entregará certificado de asistencia a todos los participantes que se inscriban con anticipación.

El programa del seminario y mayor información tanto de este como de la Iniciativa Nuevo Derecho Público en: http://blog.unab.cl/nuevoderechopublico/seminario-de-difusion

Presentación: “Nuevas perspectivas en Derecho Público” es el nombre de una iniciativa académica desarrollada por un grupo de profesores jóvenes de distintas facultades de Derecho. Su propósito principal es mostrar a la comunidad académica un fiel testimonio de la existencia de una nueva generación de docentes e investigadores de alto nivel - dedicados al Derecho Público - que trabajan con profesionalismo y vocación, portadores de un profundo deseo de contribuir a su disciplina científica y a la sociedad mediante la generación de conocimiento.

MESA DE APERTURA NUEVAS PERSPECTIVAS EN EL DERECHO PÚBLICO (15:00 – 15:45 Hrs.)

Bienvenida: Dr .Tomás Vial Solar, Director Departamento Derecho Público, Facultad de Derecho Universidad Andrés Bello.
Presentación: Mag. J. Ignacio Núñez Leiva, Director de Post Grado, Facultad de Derecho Universidad Andrés Bello, Coordinador Iniciativa.
Panorama general de la iniciativa: Patricio Zapata Larraín. Dr. © en Derecho, Universidad de Chile. Master of Laws, Harvard University, Magister en Ciencia Política, Universidad Católica de Chile.

SEGUNDA MESA: DERECHOS FUNDAMENTALES Y DERECHO INTERNACIONAL (15:45 – 17:15 Hrs)

“Objeción de conciencia en el ordenamiento jurídico chileno: la búsqueda de equilibrio entre la conciencia del individuo y el deber jurídico impuesto objetado”. Dra © Regina Ingrid Díaz.
“Acceso a la información pública y protección de la vida privada. El caso de los funcionarios públicos“. Mag. © Leonel Salinas Muñoz.
“Sobre el deber de los tribunales de aplicar los tratados internacionales, análisis comparado de los sistemas chileno y alemán”. Dra. María Angélica Benavides.
“Inexistencia del matrimonio homosexual: Incumplimiento de la obligación del Estado-Legislador y su responsabilidad ante la jurisdicción internacional”. Mag. © Christian Vidal Beros.
Preguntas y debate.
PAUSA Y CAFÉ. (17:15 -17:30)

TERCERA MESA: TEORÍA CONSTITUCIONAL Y FILOSOFÍA POLÍTICA. (17.30 -18:45 Hrs.)

“Reivindicando el concepto constitucional de jurisdicción”. Mag. Hugo Tórtora Aravena.
“El control de constitucionalidad de las reformas constitucionales”. Post -Dra. Miriam Henríquez Viñas.
“Carl Schmitt y el concepto de democracia protegida en la Constitución Política de la República”. Mag. Matías Silva Alliende.
“Sentencia de Inconstitucionalidad y Responsabilidad Patrimonial del Estado Legislador”. Mag .José Ignacio Núñez Leiva.
Preguntas y debate.

ORGANIZA: FACULTAD DERECHO UNAB-DEPARTAMENTO DERECHO PUBLICO.
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Se solicitó declarar inaplicable los artículos 102 del Código Civil y 80 de la Ley de Matrimonio Civil en aquella parte que establecen que el matrimonio debe ser contraído entre un hombre y una mujer.

La primera norma impugnada establece que "El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente". Mientras que la segunda dispone que "Los requisitos de fondo y forma del matrimonio serán los que establezca la ley del lugar de su celebración. Así, el matrimonio celebrado en país extranjero, producirá los mismos efectos que si se hubiera celebrado en territorio chileno, siempre que se trate de la unión de un hombre y una mujer".

La gestión pendiente invocada es una acción de protección interpuesta ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de una Oficial Civil Adjunta de la Oficina del Registro Civil de Santiago.

En ella tres parejas varones reclaman contra actos administrativos de dicha funcionaria que estiman arbitrarios e ilegales por haberse negado a dar curso a sus solicitudes de oficializar su petición de contraer matrimonio en un caso, y de reinscribir el que han celebrado en el extranjero en los dos segundos. El rechazo de la solicitud de otorgar fecha para la celebración o manifestación del matrimonio y a la negativa a inscribir en nuestro país dos matrimonios civiles celebrados en Argentina y Canadá, motivan entonces la acción de protección interpuesta.

Los requirentes de inaplicabilidad aducen que de aplicarse por la Corte de Santiago los preceptos legales impugnados para resolver la acción constitucional de protección se producirán en ella resultados contrarios a lo dispuesto en la Carta Fundamental.

Específicamente en aquella parte en ésta proclama que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad; el principio de que el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común; el deber del Estado de dar protección a la población y propender al fortalecimiento de la familia; su obligación de propiciar una integración armónica de todos los sectores de la Nación y el derecho a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional.

También estiman erosionada la soberanía, en cuanto reconoce como límite los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y la igualdad ante la ley, el respeto y protección a la vida privada, el derecho a la salud y a la seguridad social y el derecho de propiedad, entre otras vulneraciones constitucionales que se denuncian.

Si la Sala designada por el Presidente del TC admite a trámite el requerimiento deberá luego resolver sobre su admisibilidad, y solo una vez declarado admisible el Tribunal Pleno estará en situación de emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

Fuente: Diarioconstitucionaldechile.cl

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente.
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Presidente del máximo tribunal, Milton Juica ( Profesor de Derecho Procesal Derecho Unab) , dice que hay muchos abogados que "no cumplen bien su tarea" y "no tienen el estudio, la capacitación, la idoneidad y la ética".

El alto número de abogados que se está incorporando al mundo laboral y, en especial, a litigar en tribunales, es uno de los temas que está en la agenda de la Corte Suprema. El año pasado, 2.860 profesionales juraron como nuevos abogados ante el máximo tribunal, un 94% más que en 2008, cuando hubo 1.473 juramentos. En lo que va del año se han realizado 1.840 ceremonias, lo que de todas maneras triplica lo que ocurría hace 10 años, según el presidente del máximo tribunal, Milton Juica.

Pero el tema, dice Juica, no es que sobren abogados, pues existe un amplio campo laboral. "El tema que nos interesa es la idoneidad y calidad, pero no de todos los abogados. Nos preocupa el abogado que viene a litigar a los tribunales de justicia", explica.

El diagnóstico es severo: "Son los que van a la pelea diaria en los tribunales de justicia y que asumen la defensa de personas. Esas personas confían en ellos y les entregan todo para que hagan un buen juicio. Esa gente es la que de alguna manera, alguna vez, no cumplen bien su tarea y no la cumplen bien porque no tienen el estudio, la capacitación, la idoneidad y la ética también, porque no hay tampoco un control ético", asegura Juica. El planteamiento del tribunal abre una polémica sobre la formación y el control de acceso al mundo legal para los nuevos profesionales.

Actualmente, hay 46 universidades que imparten la carrera, pero con 141 programas, pues muchos planteles -que no son tradicionales- ofrecen la carrera en hasta 10 sedes o en distintos horarios.

De hecho, Derecho fue la tercera carrera con más alumnos nuevos en 2010: 31 mil jóvenes se matricularon en ella y sólo fue superada por Ingeneiría Civil (58 mil estudiantes) y Pedagogía en Enseñanza Media (51 mil).

Juica dice que "hay muchos abogados sin control ético, sin preparación, toman los casos y la gente que cree que son abogados, entran a su oficina, ven un título que dice que la Corte Suprema se lo ha entregado, firmado por los 21 ministros, que le da el aval. Y claro, ellos dicen 'estos señores de la Corte Suprema le han entregado el título a este señor que me ha dejado en la ruina o en la indefensión'. Eso es una cosa seria".

Reacciones

Por ello, Juica asegura que desde hace un tiempo se les ha propuesto al Colegio de Abogados y a las universidades crear "una acreditación más seria para el abogado que litiga". Según explicó el presidente de la corte, "quien lo acredite, da lo mismo. En último término sería la Corte Suprema o el Poder Judicial, pero pueden ser universidades o el Colegio de Abogados". La idea, según el supremo, es que en ese examen "usted puede decirle: oiga, ¿quiere trabajar en los tribunales de justicia', bueno, quiero saber si está en condiciones para defender a las personas, a lo mejor tiene enseñanza muy general".

El debate se comienza a abrir. Según Enrique Barros, presidente del Colegio de Abogados, esa entidad "comparte la preocupación por la calidad de la profesión. No nos preocupa el número de abogados, porque la profesión tiene muchos campos fértiles en qué desarrollarse, sino que el título sea representativo de ciertas calificacíones profesionales mínimas".

Barros opina que "el actual sistema universitario no garantiza ese estándar básico" y dice que "en todos los países con sistemas legales reconocidos como de excelencia, la habilitación como abogado exige un examen tomado por el Colegio de Abogados, por el Ministerio de Justicia o por un órgano de composición mixta. Esta exigencia parece aun más obvia en un sistema universitario como el chileno, que tolera diferencias de calidad académica tan agudas".

Eso sí, el representante del gremio cree que esta acreditación debería aplicarse, eso sí, a todo abogado, no sólo a los litigantes, y descarta que lo apliquen los planteles.

Por su parte, el decano de Derecho de la Universidad de Chile, Roberto Nahum, cuenta que "trabajamos este tema el año pasado, lo habíamos tratado con el decano de la UC, Arturo Yrarrázaval, y propusimos en su momento una habilitación de las facultades de Derecho tradicionales, un certificado que acreditara calidad, que no fuera obligatorio".

En la Universidad Católica cuentan que, incluso, a principios de este año, el Ministerio de Educación creó una comisión para estudiar la posibilidad de un sistema de habilitación y/o certificación para la carrera . La comisión estuvo integrada por profesores de distintas facultades, representantes del Colegio de Abogados, Corte Suprema, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública. Ese comité alcanzó a elaborar un primer informe, pero con el cambio de autoridades en el Mineduc quedó "suspendido hasta nuevo aviso".

Fuente: latercera.cl
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Los abogados de nuestra casa de estudio don Marcelo Brunet y Hugo Tórtora, fueron críticos al momento de hablar sobre el manejo del “conflicto mapuche”.

Con la presencia del abogado y autor del manual de derecho político “Sociedad y Estado”, Marcelo Brunet, y al abogado e investigador en temas de derechos humanos y doctrina política, Hugo Tórtora, se realizó el panel de conversación “Derecho y Pueblos Originarios, una mirada a la coyuntura”, donde se analizó lo que se ha denominado por la prensa como “conflicto mapuche”.

La actividad fue organizada por la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Viña del Mar.

El profesor Brunet, inició su presentación señalando: “podemos analizar el tema desde tres perspectivas distintas. Lo primero es el conflicto propiamente tal, lo segundo es la noción de terrorismo y en tercer lugar el tema de la legitimidad de las huelgas de hambre como medio de presión social”. Al respecto, explicó que “en el primer punto hemos manejado el conflicto de forma errada, porque la sociedad chilena no ha querido ver en la práctica que efectivamente se encuentra enfrentada a un conflicto, negando la existencia del mismo. Desde la llegada de los españoles, uno de los aspectos fundamentales es la afectación importante a derechos y garantías de los pueblos originarios, lo que es un tema legítimamente analizable”.

“El segundo error de la sociedad chilena, es negociar como Estado con un grupo que se autodenominan representantes de los pueblos originarios, en este caso mapuche, que adoptan el comportamiento de la legitimización de la fuerza como medio de acción política, situación que tiene costos altísimos para cualquier sociedad”, agregó.

“Las otras perspectivas del terrorismo y las huelgas de hambre, me hacen plantear que en las modificaciones a la ley terrorista en el tema de los testigos encubiertos, es un tema que amerita una discusión seria, porque genera situaciones procesales graves que afectan, sin duda, el debido proceso. Por último, nadie debe negociar bajo la presión de una huelga de hambre, que no es un mecanismo legítimo para negociar y que genera malas leyes”, concluyó.

Por su parte Tórtora, explicó sobre la huelga de hambre que “el derecho a la vida, implica la exigencia de una conducta de otro, el No atentar en contra de mi vida, con la única excepción de la vida del que está por nacer, que no depende de la voluntad del titular del derecho. Por lo tanto, si entendemos que la vida es un derecho, no existe el deber constitucional de vivir, pues nadie puede imponer el deber de vivir y, aunque pueda pensarse que es inmoral o anti-ético, pero yo sólo le puedo exigir al Estado que me juzgue solo por las violaciones al ordenamiento jurídico y no a concepciones morales o éticas, salvo que estas se incluyan en la ley, pero este no es el caso”. El especialista finalizó puntualizando que “desde mi perspectiva, en principio las huelgas de hambre no son inconstitucionales por sí mismas”.

Fuente: www.ust.cl
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Los profesores de Derecho Publico Marcelo Brunet y Hugo Tórtora estarán este Miércoles 13 de Octubre de 2010 a las 18.00 hrs. en Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás, campus Viña del Mar analizando las claves de la discusión publica en torno a los pueblos originarios en Chile.

ORGANIZA: Escuela de Derecho UST Sede Viña del Mar.

Más información visitar el evento oficial de Facebook aquí.
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