Los abogados de nuestra casa de estudio don Marcelo Brunet y Hugo Tórtora, fueron críticos al momento de hablar sobre el manejo del “conflicto mapuche”.

Con la presencia del abogado y autor del manual de derecho político “Sociedad y Estado”, Marcelo Brunet, y al abogado e investigador en temas de derechos humanos y doctrina política, Hugo Tórtora, se realizó el panel de conversación “Derecho y Pueblos Originarios, una mirada a la coyuntura”, donde se analizó lo que se ha denominado por la prensa como “conflicto mapuche”.

La actividad fue organizada por la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Viña del Mar.

El profesor Brunet, inició su presentación señalando: “podemos analizar el tema desde tres perspectivas distintas. Lo primero es el conflicto propiamente tal, lo segundo es la noción de terrorismo y en tercer lugar el tema de la legitimidad de las huelgas de hambre como medio de presión social”. Al respecto, explicó que “en el primer punto hemos manejado el conflicto de forma errada, porque la sociedad chilena no ha querido ver en la práctica que efectivamente se encuentra enfrentada a un conflicto, negando la existencia del mismo. Desde la llegada de los españoles, uno de los aspectos fundamentales es la afectación importante a derechos y garantías de los pueblos originarios, lo que es un tema legítimamente analizable”.

“El segundo error de la sociedad chilena, es negociar como Estado con un grupo que se autodenominan representantes de los pueblos originarios, en este caso mapuche, que adoptan el comportamiento de la legitimización de la fuerza como medio de acción política, situación que tiene costos altísimos para cualquier sociedad”, agregó.

“Las otras perspectivas del terrorismo y las huelgas de hambre, me hacen plantear que en las modificaciones a la ley terrorista en el tema de los testigos encubiertos, es un tema que amerita una discusión seria, porque genera situaciones procesales graves que afectan, sin duda, el debido proceso. Por último, nadie debe negociar bajo la presión de una huelga de hambre, que no es un mecanismo legítimo para negociar y que genera malas leyes”, concluyó.

Por su parte Tórtora, explicó sobre la huelga de hambre que “el derecho a la vida, implica la exigencia de una conducta de otro, el No atentar en contra de mi vida, con la única excepción de la vida del que está por nacer, que no depende de la voluntad del titular del derecho. Por lo tanto, si entendemos que la vida es un derecho, no existe el deber constitucional de vivir, pues nadie puede imponer el deber de vivir y, aunque pueda pensarse que es inmoral o anti-ético, pero yo sólo le puedo exigir al Estado que me juzgue solo por las violaciones al ordenamiento jurídico y no a concepciones morales o éticas, salvo que estas se incluyan en la ley, pero este no es el caso”. El especialista finalizó puntualizando que “desde mi perspectiva, en principio las huelgas de hambre no son inconstitucionales por sí mismas”.

Fuente: www.ust.cl
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