La ministra del Sernam, Carolina Schmidt, explicó que los cambios permitirán que la mujer pueda administrar los bienes comunes y propios.

Un cambio al régimen de sociedad conyugal está preparando el Gobierno para otorgar mayores atribuciones a la mujer en el manejo de los bienes matrimoniales.

Según la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Carolina Schmidt, la sociedad conyugal es un buen sistema porque reconoce el valor del trabajo desempeñado tanto fuera como al interior del hogar. Sin embargo, cree que el hecho de que el marido sea por defecto el administrador imposibilita a la mujer a ejercer plenamente el derecho de sus facultades.

Por ello, a fines de esta semana el ejecutivo enviará un proyecto para permitirle a la mujer ser la administradora de la sociedad conyugal. La modificación no es menor si se tiene en cuenta que de los 35.766 matrimonios celebrados hasta julio de este año, 19.498 han optado por la sociedad conyugal, según datos del Registro Civil.

La iniciativa sólo plantea cambios para la sociedad conyugal, pues, según la ministra, los otros dos regímenes -separación de bienes y participación en los gananciales- no evidencian una discriminación en la posibilidad de que la mujer ejerza plenamente sus facultades.

Las modificaciones

El nuevo proyecto de ley estipulará que el administrador de los bienes de los cónyuges será establecido en el momento en que la pareja contraiga matrimonio y podrá ser modificado mientras dure el acuerdo marital. Así, el mandante de los bienes podrá ser tanto el hombre como la mujer. Además, la nueva ley se aplicará a todas las parejas que se casaron bajo sociedad conyugal previo a la aprobación de este proyecto.

Junto con lo anterior se plantean dos modificaciones relacionadas con los bienes propios. Así, lo que tenían ambos cuando eran solteros y las herencias que reciban durante el matrimonio los administrará cada uno.

En cuanto al actual sistema, el administrador va a seguir con las limitaciones que en este momento tiene el marido -por ejemplo, no puede vender una propiedad o hipotecarla si no cuenta con la autorización de su esposa-. Además, se mantiene y amplía el patrimonio reservado para ambos cónyuges. Así, todo el fruto de su trabajo lo administra cada uno.

La vigente sociedad conyugal determina que el marido es el administrador de los bienes de la pareja. De esta manera, ella pierde la administración del dinero en depósitos, acciones y vehículos motorizados. Lo mismo ocurre con las herencias recibidas durante el matrimonio.

Una situación similar ocurre con los bienes raíces que tenía la mujer antes de casarse. Si bien éstos siguen perteneciéndole a ella, el marido es el que se encarga de su administración. Así, él decide a quién lo arrienda, aunque debe respetar algunas limitaciones.

Distinto es lo que sucede si la mujer ejerce un trabajo remunerado. Si es así, todo lo que ella adquiera fruto de su trabajo va a su patrimonio reservado, el que administra libremente.

Para la ministra, el objetivo de estas reformas es eliminar estas normas que impiden el pleno ejercicio de los derechos patrimoniales de las mujeres en el país. "No puede ser que nosotros todavía tengamos en nuestra ley una norma que impida a la mujer ejecutar una función para la cual está plenamente capacitada, como es administrar la sociedad conyugal. Entonces, se elimina esta imposibilidad", explicó Schmidt.

EL PROYECTO también se aplicará a todas las parejas casadas antes de las nuevas modificaciones.

Legislación laboral

El régimen de sociedad conyugal no es lo único que representa una brecha entre mujeres y hombres. Según comentó la ministra Schmidt, se debe mejorar la legislación laboral. El artículo 203 del Código del Trabajo establece que los empleadores que contratan 20 o más mujeres deben pagar los jardines infantiles y salas cuna de sus hijos menores de dos años. "Esto hace que se encarezca terriblemente la contratación de trabajadoras", dice.

Fuente: Emol.com
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