Las leyes que usted no conoce

Posted On 3:57 by Anónimo |



No realizar bingos en colegios, no lavar alfombras o autos en las calles y estar dispuesto a devolver los regalos de matrimonio si es que no se casó, son sólo algunas de las normas que lo pueden pillar por sorpresa. Ojo con ellas.

Un grupo de mariachis canta una serenata bajo la luz de la luna. Otro día, una mujer a las cinco de la tarde, sacude sus alfombras desde el segundo piso de su casa. Frente a su hogar, en un pequeño parque, un joven enamorado corta una flor para su polola y se la regala sonriendo. Más allá, unos niños juegan una pichanga y se silban entre ellos para apurar el trote. A la misma hora, pero en otra comuna, en el patio de un colegio comienza un bingo para reunir en marzo a toda la comunidad escolar. Entre la bulla y los gritos de ¡bingo! se mezcla el sonido de un auto "enchulado" soltando rugidos por el tubo de escape. Y todo esto que se ve tan cotidiano, está prohibido.
En distintos lugares del país, bajo diversas leyes y ordenanzas municipales, hay actividades que se practican habitualmente pero que están restringidas y que incluso son castigadas con multas en dinero.

Como el caso que se conoció esta semana. Paulina Eguiluz dejó lavando su auto en la calle y le pasaron un parte. Además, a quien limpió su vehículo le cursaron una multa bajo las normas de la ordenanza municipal de Providencia. Este año, sólo en esa comuna se han cursado 12 infracciones por el mismo motivo. Y no es una rareza. La norma es parte del artículo 165 de la Ley de Tránsito, que prohíbe lavar autos en la vía pública.

Si es por disposiciones curiosas, el Código Civil destaca por tener más de un par, según cuenta Cristián Román, abogado y profesor de derecho administrativo de la Universidad de Chile.
Según una de sus normas, todos aquellos que se retracten al pedir la mano de su pareja, podrán desdecirse gracias al artículo 98: "No se podrá alegar esta promesa ni para pedir que se lleve a efecto el matrimonio, ni para demandar indemnización de perjuicios". Si alcanzó a echar pie atrás, queda libre a fuerza de ley. Lo que sí, si usted es de los adelantados que ya tenía vestido de fiesta y había enviado los regalos a los novios, sin siquiera pagar la primera cuota cuando se enteró de la noticia, el artículo 100 del mismo código le da un alivio a su bolsillo: "Lo dicho no se opone a que se demande la restitución de las cosas donadas y entregadas bajo la condición de un matrimonio que no se ha efectuado".

Si es de los de buen corazón que le gusta organizar la rifa de su hijo scout o el bingo de su ahijada: piénselo dos veces. En el Código Penal, el artículo 495 número 14, dice: "Serán castigados con multa de una Unidad Tributaria Mensual (...) El que en caminos públicos, calles, plazas, ferias u otros sitios semejantes de reunión estableciere rifas u otros juegos de envite o azar".

Hay una norma que hace especial a Iquique. Es la Lynch, que podría convertir a esa ciudad en una nueva Acapulco llena de hoteles y hostales sobre la playa.

Basada en antiguas leyes peruanas, la ciudad no tiene impedimentos para construir en los 80 metros desde las mareas más altas hasta el borde costero, como sí sucede en otros balnearios.
Pero hay incluso normas vigentes que están bien alejadas de estos días. Por ejemplo, en el Código Civil, artículo 620, se habla que "las abejas que huyen de la colmena y posan en árbol que no sea del dueño de ésta, vuelven a su libertad natural, y cualquiera puede apoderarse de ellas (...)". Algo así como la folclórica ley del volantín. Otros edictos en los que se nota lo añosos que son, es cuando hablan de disputas de propiedad sobre vacas o palomas.

Según afirma Leopoldo Llanos, ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, este tipo de leyes sigue en los códigos porque "el Código Penal chileno se dictó en 1875, inspirado en el español, que ya venía desactualizado para la época", dice. Sin embargo, hay algunas leyes que por el paso de los años vuelven a ser actuales. Es el caso de una figura que "establece una falta por el ataque de animales feroces y que se ha puesto de moda por los perros muy agresivos. Por eso no es cosa de derogar todo el código", afirma el magistrado.

Pero el artículo 496 número 9 se pelea el premio a la norma más descontextualizada: "Sufrirán la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales: El que se bañare quebrantando las reglas de decencia (...)", es decir, "¡Hay que bañarse vestido!", dice Jean Pierre Matus, abogado penalista de la Universidad de Chile, mientras ríe.
¿Y si alguien quisiera echar a andar estas leyes? "Como las multas son pequeñas y esto significa trámite, en la mayor parte de los casos los procedimientos no se realizan. Y cuando se realiza se hace un proceso monitorio (que para que se active, alguien tiene que hacer la denuncia) y no se persigue en la mayor parte de los casos a las personas que no pagan", afirma Matus.

Las ordenanzas municipales han sido creadas especialmente para la realidad de cada comuna. En Antofagasta se prohíbe utilizar vehículos "enchulados" con dispositivos que aumenten el sonido del motor. En Copiapó, está multado con media a dos UTM, en caso de reincidencia, quien silbe en la calle a cualquier hora del día. En Vitacura después de las 23.00 y hasta las 6.30, los románticos que quieran cantar una serenata, no pueden hacerlo. Mientras que la práctica de deportes se realizará en las zonas especialmente establecidas. Cortar flores también está prohibido.
En Quilicura, no se pueden lavar alfombras en la calle. Según su alcalde, Juan Carrasco, "estas medidas, que pensé podían ser impopulares, no lo fueron y los vecinos han sido nuestro brazo derecho en la fiscalización"

Fuente: La Tercera.
edit post
0 Response to 'Las leyes que usted no conoce'

Publicar un comentario